El pasado 25 de mayo del año en curso se publicó en el Diario Oficial de la Federación el Decreto mediante el cual se aprueba la adhesión de México al Protocolo concerniente al Arreglo de Madrid Relativo al Registro Internacional de Marcas, mejor conocido como Protocolo de Madrid.
El anuncio de la aprobación por parte del Senado para que México se adhiera al Protocolo de Madrid se hizo desde el pasado 25 de abril, mismos pasos que fueron seguidos por Colombia, lo que marca un avance en el ámbito de la Propiedad Intelectual en Latinoamérica.
Para los empresarios mexicanos que desean exportar o tener presencia o protección de sus marcas en otros países, el sistema les ofrecerá facilidades para registrar sus marcas en aquellas jurisdicciones correspondientes a los Estados miembros. La ventaja del registro homologado se traduce en eficiencia tanto de costos como de tiempos, al requerirse únicamente una asistencia local para el trámite simplificado sin tener que contratarse a un abogado para la realización de los procesos de registro “normales”.
Otra ventaja importante es que para el caso de que se produzcan cambios en la titularidad de las marcas tramitadas ante el IMPI, al amparo del Protocolo será posible reproducir éstos cambios mediante un trámite sencillo en todas las demás jurisdicciones. Ya sea que se trate de cambio de titular, de domicilio, inscripción de licencia de uso, entre otros. En éstos casos bastará con acreditarlo en el expediente internacional para que tenga efectos en los registros nacionales, lo que claramente reduce costos y tiempos.
Sin embargo, es importante señalar que es posible que ante la adhesión de México nuestro país reciba un volumen significativo de solicitudes de inscripción de marcas, hecho que puede generar retrasos en los tiempos ordinarios de los trámites de registro ante el IMPI.
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